CHPW requiere que los proveedores/establecimientos proporcionen registros completos/precisos de manera oportuna. La recuperación y duplicación de registros correrá a cargo del proveedor.
CHPW prefiere que la documentación de registros médicos se envíe electrónicamente por fax, correo electrónico seguro, CD o memoria USB.
Enviar registros electrónicamente significa que los recibiremos más rápido, lo que reduce el riesgo de que se nieguen los reclamos por no recibir los registros.
CHPW no verifica los portales o sitios web de terceros en busca de registros que se solicitaron para la revisión posterior al pago. Los proveedores deben notificar a CHPW cuando los registros estén listos para recuperarlos del proveedor externo. Enviar notificaciones a [email protected]. Hay más información disponible en las secciones "Revisión posterior al pago (PPR)" y "Registros médicos para la revisión posterior al pago" del Manual del proveedor de CHPW.